Está la gente severamente empecinada en que es el ayuntamiento quien decide, por la disposición adicional primera que dice que podrán permitir circular.
Entendería la confusión si dijera PODRAN PROHIBIR, pero precisamente dice lo contrario PODRAN PERMITIR.
Se entiende que les faculta para no ejercer su poder sancionador, que les libera de multar (a lo cual les obliga la UE y sus ZBEs impuestas).
El artículo 17 se lo saltan los comentaristas.
Parece que somos aficionados a esclavizarnos voluntariamente incluso cuando las leyes nos favorecen retorcerlas en contra de nuestros intereses.
Ese youtuber ha hecho mucho daño con su video.
Mira que no soy abogado pero entiendo el espíritu de cada párrafo en esta ley y en otras.
Está todo bastante bien explicado.
96 días por donde te salga de los huevos circular incluyendo ZBEs.