Título: Rehabilitación de vehículos Publicado por: tzadkiel2 en Marzo 11, 2010, 16:33:45 Como no me acuerdo de quién preguntaba sobre como volver a dar de alta un vehículo, os pongo esto por si os sirve a alguno, sacado de la página de la Dgt (dirección general de tramposos :grr:).
REHABILITACIÓN DE VEHÍCULOS Este trámite ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del interesado o de la matriculación del vehículo Solicitud en impreso oficial. (Impreso disponible en www.dgt.es) Tasa por importe de 90,90 €, excepto ciclomotores 25,25 €. Identificación del interesado: Personas físicas; documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros). Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.(Modelo disponible en www.dgt.es) Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen. Si el solicitante no es el titular del vehículo aportará un documento acreditativo de la propiedad (contrato junto con el DNI del transmitente; factura junto con el NIF de la empresa, documento notarial,…) En el caso de que se trate de un vehículo adjudicado en subasta por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, el acta o certificado de adjudicación legitimará al adjudicatario para solicitar su rehabilitación (Información específica de este supuesto en www.dgt.es) Presentada esta documentación la Jefatura de Tráfico, si procede, dirigirá un oficio a la estación de ITV, para que someta el vehículo a inspección. Una vez superada la inspección, se presentarán los siguientes documentos: Tarjeta de ITV expedida a tal fin por la estación de ITV. Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma. Certificado de transportes si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas. Justificante del pago/exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales si no se presenta factura y la persona que solicita la rehabilitación es distinta del último titular. Justificante del pago/exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde tenga su domicilio el solicitante. NOTA: Si no presenta el trámite el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste, en la que se haga constar la gratuidad (modelo disponible en www.dgt.es) |