Renault 21
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Autor Tema: papeleo para cambiar de propietario  (Leído 2412 veces)
ruben21nevada
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« en: Marzo 10, 2008, 12:37:10 »

buenas chicos!

pues necesito la ayuda de alguien que entienda sobre el cambio de nombre de un vehiculo, es decir, el cambio del propietario en la documentacion.
se que se puede hacer por gestoría (y tienes que pagar $$$$) o lo puede hacer uno mismo en trafico.

cuando compre la moto, acordamos hacerlo por gestoría, y me cobraron 140 euros, y tardaron un monton de tiempo, vamos, que no sali contento, asi que quiero saber que documentos hacen falta para ir uno mismo a trafico y realizar la transferencia del vehiculo.

muchas gracias de antemano

un saludo!
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Eldelpincho
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« Respuesta #1 en: Marzo 10, 2008, 12:46:40 »

pues muy sencillo tienes que ir a dos sitios, a Hacienda o la Delegacion de tributos de tu ciudad y pagar el impuesto de transaccion de vehículos y después ir a la Delegación de Trafico.

necesitas la documentación del vehículo, el recibo del último impuesto de circulación pagado o justificante de pago, y los dni originales de comprador y vendedor (también vale fotocopia compulsada).

básicamente es eso.
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duende_80
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« Respuesta #2 en: Marzo 10, 2008, 12:47:29 »

Lo primero que tienes que hacer es ir a la junta de castilla y leon a rellenar un papel junto al vendedor, pagar unas tasas de creo 44€ y luego ir a trafico a hacer el cambio de titularidad. No puedo ser mas explicito porque sinceramente ya no me acuerdo bien de cuando compre el baccara, solo se que tuve que hacer esas 2 cosas y pague unos 90€ en total.

Yo tarde en total hora y media, pero claro dependiendo de la zona en la que vivas (valladolid sera como en leon) y que tengo una amiga en trafico y no tuve que hacer cola, pero todo eso en media mañana lo haces.
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Un saludo


   
itamadrid
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« Respuesta #3 en: Marzo 10, 2008, 15:07:03 »

Primero: averiguar cuánto cuesta el coche para Hacienda y formalizar un contrato de compra-venta (si ambas partes lo acuerdan) por el VALOR FISCAL (ésto puede ahorrar algunas pelas dependiendo del valor del coche)
Segundo: ir a la Delegación de Hacienda de la provincia en que reside el COMPRADOR. Es el comprador el que tiene que hacer este trámite. Pagar el 4% del valor fiscal (form 620) del vehículo.
Tercero: ir a la DPT en la que reside el comprador para efectuar la TRANSFERENCIA.

Documentos:
- DNI o PASAPORTE original del COMPRADOR
- PERMISO DE CIRCULACIÓN ORIGINAL
- TARJETA DE INSPECCIÓN TÉCNICA ORIGINAL
- ULTIMO RECIBO (del 2007 HASTA 31 MAYO DE 2008) DEL IMPUESTO MUNICIPAL DE CIRCULACIÓN, o bien COMPROBANTE DE "PAGADO" emitido por el Ayto (no sirve adeudo de banco) y si el coche está exento del pago, CERTIFICADO DE EXENCIÓN emitido por el Ayto.
- COMPROBANTE PAGO EN HACIENDA 4% VALOR FISCAL
- FOTOCOPIA simple del DNI o pasaporte del VENDEDOR.

No es necesario que las fotocopias sean compulsadas. El trámite puede hacerlo el comprador o el vendedor o alguien autorizado (hay un formulario en la DGT para eso)
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Nevada GTD - 1988
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« Respuesta #4 en: Marzo 10, 2008, 15:31:04 »

Primero: averiguar cuánto cuesta el coche para Hacienda y formalizar un contrato de compra-venta (si ambas partes lo acuerdan) por el VALOR FISCAL (ésto puede ahorrar algunas pelas dependiendo del valor del coche)
Segundo: ir a la Delegación de Hacienda de la provincia en que reside el COMPRADOR. Es el comprador el que tiene que hacer este trámite. Pagar el 4% del valor fiscal (form 620) del vehículo.
Tercero: ir a la DPT en la que reside el comprador para efectuar la TRANSFERENCIA.

Documentos:
- DNI o PASAPORTE original del COMPRADOR
- PERMISO DE CIRCULACIÓN ORIGINAL
- TARJETA DE INSPECCIÓN TÉCNICA ORIGINAL
- ULTIMO RECIBO (del 2007 HASTA 31 MAYO DE 2008) DEL IMPUESTO MUNICIPAL DE CIRCULACIÓN, o bien COMPROBANTE DE "PAGADO" emitido por el Ayto (no sirve adeudo de banco) y si el coche está exento del pago, CERTIFICADO DE EXENCIÓN emitido por el Ayto.
- COMPROBANTE PAGO EN HACIENDA 4% VALOR FISCAL
- FOTOCOPIA simple del DNI o pasaporte del VENDEDOR.

No es necesario que las fotocopias sean compulsadas. El trámite puede hacerlo el comprador o el vendedor o alguien autorizado (hay un formulario en la DGT para eso)


lo primero, muchas gracias a los tres, me habéis servido de gran ayuda.

utamafia, donde puedo averiguar el valor para hacienda del vehículo? y el contrato lo puedo redactar yo, no? "por un lado fulanito de tal y por otra parte menganito de cual, acuerdan la compra-venta del vehiculo tal matricula pascual por la cantidad de tropecientos bla bla bla bla....a dia tal mes cual año nosecuantos, el comprador y el vendedor (firmas)...."
y todo esto tiene que ser en mi provincia porque yo soy el comprador? ok.

muchas gracias de nuevo, un saludo!
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« Respuesta #5 en: Marzo 10, 2008, 15:59:38 »

Yo cuando hice el cambio de nombre de mi coche, no hice contrato alguno, ni puse lo que habia costado (0€)... simplemente fui con mi tia, que era la dueña del coche, rellene los impresos, di un par de vueltas, espere unas colas y ya tenia todo a mi nombre.

¿Puedes ir con el vendedor a hacer estos tramites?, sera todo mas rapido Wink
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« Respuesta #6 en: Marzo 10, 2008, 16:00:20 »

Para el valor del coche, pasate por aqui...

http://www4.gipuzkoa.net/ogasunanet/vehiculos/defaultc.asp
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« Respuesta #7 en: Marzo 10, 2008, 16:41:14 »

pero debo pagar el 4% del valor que da hacienda al coche? no me cuadra. si yo he acordado una cantidad, pues deberé pagar el 4% de esa cantidad, no?
porque de la cantidad que yo he acordado al valor que da hacienda al coche va tres veces menos...

un saludo!
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« Respuesta #8 en: Marzo 10, 2008, 21:18:30 »

Si es un coche antiguo, tipo los 21... te costara 50€ mas los 40€ que se lleva Trafico, mas o menos, ahora supongo que sera algo mas, pero eso fue lo que tuve que pagar yo hace 3 años, y a mi el coche no me costo nada.
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« Respuesta #9 en: Marzo 11, 2008, 08:34:02 »


No es necesario que las fotocopias sean compulsadas. El trámite puede hacerlo el comprador o el vendedor o alguien autorizado (hay un formulario en la DGT para eso)


Por supuesto que si, ha falta de dni original debe presentarse fotocopia compulsada a no ser que se haga por gestoría, a ellos se les acepta la fotocopia normal. Voy muchas veces al año a hacer estos trámites y ni será la primera ni la última vez que me putean con lo de la fotocopia compulsada. Aquí en Zaragoza lo exigen si o si.
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« Respuesta #10 en: Marzo 11, 2008, 11:18:41 »


No es necesario que las fotocopias sean compulsadas. El trámite puede hacerlo el comprador o el vendedor o alguien autorizado (hay un formulario en la DGT para eso)


Por supuesto que si, ha falta de dni original debe presentarse fotocopia compulsada a no ser que se haga por gestoría, a ellos se les acepta la fotocopia normal. Voy muchas veces al año a hacer estos trámites y ni será la primera ni la última vez que me putean con lo de la fotocopia compulsada. Aquí en Zaragoza lo exigen si o si.

Por supuesto que NO.
Es posible que ciertas "reglas" las impongan por barrios.
Lo cual no deja de ser ILEGAL.
Dile al o la que te atiende en Zaragoza que tome "all Bran"... y que consulte el REGLAMENTO de Transferencias entre particulares de la DGT
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/Transferencia2.pdf

Presta atención al punto ese que dice:
"si no se hubiera presentado notificación de venta previamente, para identificar al VENDEDOR bastará la fotocopia de alguno de los documentos consignados"

Documentos consignados: DNI, carnet de conducir, tarjeta de residencia (extranjeros) o pasaporte.
« Última modificación: Marzo 11, 2008, 11:28:52 por itamadrid » En línea

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Capitán Hispania


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« Respuesta #11 en: Marzo 11, 2008, 11:53:18 »

Como creo que eres de Pucela, te dejo el enlace para saber la valoración de tu coche.

http://www.jcyl.es/scsiau/Satellite/pr/es/Tributos/Page/TributosPlantillaMuestraContenido/1164017368822/_/_/_?asm=jcyl&tipoLetra=x-small

Si la cantidad que pones de venta es menor que la que aquí te marca, el porcentaje lo aplican sobre lo que marca aquí.
Si es mayor, pagas por lo que has puesto.
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« Respuesta #12 en: Marzo 11, 2008, 13:52:54 »


No es necesario que las fotocopias sean compulsadas. El trámite puede hacerlo el comprador o el vendedor o alguien autorizado (hay un formulario en la DGT para eso)


Por supuesto que si, ha falta de dni original debe presentarse fotocopia compulsada a no ser que se haga por gestoría, a ellos se les acepta la fotocopia normal. Voy muchas veces al año a hacer estos trámites y ni será la primera ni la última vez que me putean con lo de la fotocopia compulsada. Aquí en Zaragoza lo exigen si o si.

Por supuesto que NO.
Es posible que ciertas "reglas" las impongan por barrios.
Lo cual no deja de ser ILEGAL.
Dile al o la que te atiende en Zaragoza que tome "all Bran"... y que consulte el REGLAMENTO de Transferencias entre particulares de la DGT
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/Transferencia2.pdf

Presta atención al punto ese que dice:
"si no se hubiera presentado notificación de venta previamente, para identificar al VENDEDOR bastará la fotocopia de alguno de los documentos consignados"

Documentos consignados: DNI, carnet de conducir, tarjeta de residencia (extranjeros) o pasaporte.

jeje, para el vendedor no pero sí para el comprador:

 Identificación de los interesados:
 Personas físicas; el comprador presentará documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).

una fotocopia nunca es documento oficial si no va compulsada.
« Última modificación: Marzo 11, 2008, 13:55:04 por Eldelpincho » En línea
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« Respuesta #13 en: Marzo 11, 2008, 16:02:27 »



jeje, para el vendedor no pero sí para el comprador:

 Identificación de los interesados:
 Personas físicas; el comprador presentará documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).

una fotocopia nunca es documento oficial si no va compulsada.

Pues para el permiso de conducir del comprador debe de ser optativo, porque obligatorio no es presentarlo.
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Un saludo


   
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« Respuesta #14 en: Marzo 11, 2008, 16:05:10 »

Eldelpincho: recomiendo que leas TODO el hilo, incluído ese post en que puse los requisitos y documentos a presentar, donde podrás leer que el "comprador" debe presentar DNI o pasaporte O-R-I-G-I-N-A-L. Vale?
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« Respuesta #15 en: Marzo 11, 2008, 16:08:07 »



jeje, para el vendedor no pero sí para el comprador:

 Identificación de los interesados:
 Personas físicas; el comprador presentará documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).

una fotocopia nunca es documento oficial si no va compulsada.

Pues para el permiso de conducir del comprador debe de ser optativo, porque obligatorio no es presentarlo.

En ese caso, el PERMISO DE CONDUCIR es a fines IDENTIFICATORIOS del personaje (no se cuestiona la capacidad de conducir un coche).
Se puede VOTAR, IDENTIFICARSE ante la Administración, inclusive VIAJAR (a algunos países) mediante la presentación del CARNER DE CONDUCIR.
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« Respuesta #16 en: Marzo 11, 2008, 16:13:34 »

pero debo pagar el 4% del valor que da hacienda al coche? no me cuadra. si yo he acordado una cantidad, pues deberé pagar el 4% de esa cantidad, no?
porque de la cantidad que yo he acordado al valor que da hacienda al coche va tres veces menos...

un saludo!

Pues que te cuadre.
Ahí no hay pelea que valga.
Está "tasado" cuánto vale y cuánto debes pagar (4% de ese valor).
Si fuera como dices, un Rolls Royce del 2005 se declararía por UN EURO (a pagar 4 céntimos, señorrr)...
Hay veces que te "ayudan". Si el coche vale más, sales beneficiado. En ese caso hay que "charlarlo" entre vendedor y comprador para "fabricar" un contrato de compra-venta "ajustado".

Attenzione: hay algunas CCAA (seguro que en Cataluña es así con coches de más de diez años) en que no se paga si el coche es XXX viejo...
« Última modificación: Marzo 11, 2008, 16:15:24 por itamadrid » En línea

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« Respuesta #17 en: Marzo 12, 2008, 08:08:35 »

Eldelpincho: recomiendo que leas TODO el hilo, incluído ese post en que puse los requisitos y documentos a presentar, donde podrás leer que el "comprador" debe presentar DNI o pasaporte O-R-I-G-I-N-A-L. Vale?


jaja eres la polla, si lees tú desde el principio verás donde no solo indico eso sino que vale fotocopia siempre que sea compulsada.



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« Respuesta #18 en: Marzo 12, 2008, 14:16:45 »

vale, despues de dos dias dando vueltas ya me he hecho con la declaracion de transmision en la compra venta de vehiculos usados, modelo 430.
todo eso que decis de la tasacion del vehiculo, he encontrado una pagina que te lo calcula automaticamente.
debes introducir el valor fiscal del vehiculo, que esta tabulado, y luego el precio que vas a pagar por el, el numero de años del vehiculo, y ya te da el impuesto que debes pagar, que es un 4% DE LA BASE IMPONIBLE, no del valor fiscal ni del precio por el que lo compras, que ya he estado ahí yo tiempo con la calculadora a ver de donde salía ese valor...

el caso es que ahora debo presentar eso en la consejeria de hacienda, pero donde me cobran el impuesto? joer es un puto lio y estoy perdiendo mucho tiempo, aunque por una parte, VIENDO Y APRENDIENDO, jeje

bueno muchas gracias a todos por vuestra ayuda, pero ya os anticipo una cosa, no es tan serio como decis en el hilo eeee, es mas sencillo y menos riguroso

y desde aquí un saludo a todos esos funcionarios de la administracion del estado que son tan antipáticos y te alegran tanto el día!
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« Respuesta #19 en: Marzo 12, 2008, 15:12:47 »

vale, despues de dos dias dando vueltas ya me he hecho con la declaracion de transmision en la compra venta de vehiculos usados, modelo 430.
todo eso que decis de la tasacion del vehiculo, he encontrado una pagina que te lo calcula automaticamente.
debes introducir el valor fiscal del vehiculo, que esta tabulado, y luego el precio que vas a pagar por el, el numero de años del vehiculo, y ya te da el impuesto que debes pagar, que es un 4% DE LA BASE IMPONIBLE, no del valor fiscal ni del precio por el que lo compras, que ya he estado ahí yo tiempo con la calculadora a ver de donde salía ese valor...

el caso es que ahora debo presentar eso en la consejeria de hacienda, pero donde me cobran el impuesto? joer es un puto lio y estoy perdiendo mucho tiempo, aunque por una parte, VIENDO Y APRENDIENDO, jeje

bueno muchas gracias a todos por vuestra ayuda, pero ya os anticipo una cosa, no es tan serio como decis en el hilo eeee, es mas sencillo y menos riguroso

y desde aquí un saludo a todos esos funcionarios de la administracion del estado que son tan antipáticos y te alegran tanto el día!

La "base imponible" es el VALOR FISCAL...

No sé dónde deberás pagar ese 4%. Todo depende de la organización de Hacienda en TU provincia.
En Madrid y en Guadalajara el pago se hace en la misma oficina de Hacienda.
Supongo que ese dato lo conseguirás e nla PAGINA WEB de la Delegación de Hacienda Provincial que te toque.
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